Identificador de entidad jurídica (Código LEI)

Los Legal Entity Identifier o Identificador de Entidad Jurídica, llamados código LEI, son unos códigos alfanumericos de 20 digitos cuyo origen se halla en las reuniones del G20 posteriores al inicio de la crisis financiera de 2008. Estos códigos sirven para identificar de forma rápida y harmonizada las entidades que contratan derivados, a fin de controlar el riesgo sistémico derivado de estos instrumentos, esto es, de los derivados financieros (Un derivado es un producto financiero cuyo valor se basa en el precio de otro activo, el cual puede ser de naturalezas muy distintas, ya sean tipos de interés, inflación, acciones, índices, materias primas, etc.).
Gitanos al Sol - Sebastià Congost Pla
Se trata de un sistema creado a nivel internacional pero de gestión local. En este caso por local se entiende por cada Estado. En España los encargados son los Registros Mercantiles y por lo tanto, es ante estos órganos donde se deben solicitar.

Las entidades locales de cada Estado responsables de llevar los códigos LEI se llaman Local Operating Units (LOU) y su órgano superior a nivel internacional es el Regulatory Oversight Committee (ROC). Para la correcta y más pronta implantación de este sistema se crearon los pre-LOI y pre-LEI.

Para la integración de este sistema en relación a los países de la UE se aprobó el Reglamento (UE) 648/2012 (conocido como EMIR) y su aplicación se inició el 12 de febrero de 2014. Además, cada Estado miembro debe aprobar su normativa propia de desarrollo, que en el caso español es el RD-Ley 14/2013, de 29 de noviembre.

El uso de estos códigos permite controlar los derivados financieros tanto en su comercialización en mercados regulados como en los no regulados. Estos últimos se conocen como mercados over-the-counter (OTC). Que este control abarque los mercados OTC es muy importante debido al incremento de servicios bancarios fuera del mercado regulado, también llamado de forma genérica como sistema bancario en la sombra. Al respecto se pueden ver las entradas de este blog: “Libro Verde del sistema bancario en la sombra” y “Libro Verde del sistema bancario en la sombra (parte II)”.

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